Emprender un negocio en España. La ley de emprendedores.
Alicante, 6 de febrero de 2015 – La crisis económica, la falta de empleo y oportunidades ha llevado a muchas personas a buscar una salida por la vía del autoempleo.
La necesidad más que la vocación, en muchos casos, ha sido uno de los factores más determinantes a la hora de la creación de nuevas empresas.
Un gran porcentaje – en torno al 40%- de los emprendedores lo han hecho por necesidad, por salir de una situación de desempleo o con falta de oportunidades.
Podemos entonces afirmar también que, en los últimos años en España, ha habido un incremento de emprendedores que han querido crear su propia empresa pero al mismo tiempo y, según algunos estudios, aproximadamente el 30% no llega al primer año de vida de la empresa y un 60% dura entre un año y tres máximo.
Respecto a las dificultades en los trámites para crear una nueva empresa (la apertura de un negocio) en España ha mejorado y agilizado en los últimos años, no obstante, y según los informes realizados por el Banco Mundial Doing Business, España está a la cola.
Las variables que se estudian son: número de trámites, número de días que se tarda, coste de los trámites y capital mínimo necesario.
Este estudio indicaba que la media en los países de la OCDE era de 5 trámites en 11 días mientras que en España, para la apertura de una S.L. se necesita una media de 10 trámites en 23 días.
No obstante la apertura de un negocio, en cuanto a trámites se refiere, ha mejorado en España en los últimos años y no es el principal o mayor problema con el que se puede encontrar el emprendedor.
Los principales inconvenientes para emprender un nuevo negocio son:
- falta de financiación.
- poco apoyo de las administraciones públicas.
- cargas fiscales.
- como mencionaba anteriormente, emprender por necesidad.
- la rentabilidad, es importante una buena gestión para que la empresa prospere.
La legislación se ha modificado en los últimos años para incentivar la creación de empresas, en concreto se aprobó en 2013 la Ley de ayuda al emprendedor.
A continuación enumero algunas de las medidas que se adoptaron:
- El criterio de caja en el IVA; las pymes con una cifra de negocio inferior a dos millones de euros pueden decidir voluntariamente si aplican el criterio de devengo –el IVA se ingresa al emitir una factura– u optan por el nuevo criterio de caja, que permite pagar el impuesto al cobrar la factura.
- Las empresas con un negocio inferior a los 10 millones de euros, las compañías de nueva creación y aquellas empresas que formen parte de un grupo más grande de sociedades tendrán derecho a una deducción del 10% en la cuota de los beneficios integrados en la base imponible para invertir en elementos nuevos del inmovilizado material o para operaciones inmobiliarias de la propia compañía.
- Los contribuyentes podrán deducirse el 15% de la cuantía que suscriban mediante acciones en las pymes y las participaciones en empresas de nueva creación.
- Hay cotizaciones más bajas para aquellos autónomos que apuesten por la pluriactividad.
- Facilidades de financiación. Será más difícil que los acreedores de una empresa con problemas financieros impongan unilateralmente sus condiciones o tumben los hipotéticos acuerdos a los que puedan llegar las partes implicadas.
- Responsabilidad limitada Protección de bienes: Se pretende que el empresario o el emprendedor acosado por deudas empresariales o profesionales no sufran en el futuro el embargo de aquellos bienes considerados esenciales (la vivienda habitual del deudor, siempre que su valor no supere los 250.000 euros, y el vehículo de uso familiar, siempre que su valor no supere los 20.000 euros).
- Abaratamiento de costes.
- Reducir y simplificar los trámites burocráticos.
Pero después de la entrada en vigor de esta nueva Ley de Emprendedores podemos afirmar que no han cumplido las expectativas.
Para empezar si se incentiva algo con la Ley de Emprendedores es al que quiere establecerse como autónomo, pero no el que quiere formar otro tipo de sociedad o forma jurídica.
Respecto al IVA de caja tampoco es una gran ventaja o ayuda para el emprendedor.
La norma lo único que te soluciona es que pospones el ingreso del IVA ya que si a final de ejercicio no has cobrado las facturas lo tienes que ingresar igualmente. Se difiere el pago realmente. Según expertos ni sigue el criterio de caja y conlleva una seria de molestias, costes etc… que muchos desconocen.
Una de las medidas «estrella» era, como hemos comentado anteriormente, el IVA con criterio de caja, el propio Ministro de Hacienda reconoció que no había funcionado como esperaba.
En definitiva y después de un año desde su entrada en vigor la mayoría de empresarios muestran su escepticismo con la ley y expresaban que la ley tenía muchas «debilidades».
También es la financiación uno de los mayores problemas que persiste en la actualidad para emprender ya que el crédito sigue sin fluir y sigue siendo muy costoso el obtener financiación o algún tipo de subvención para el empresario que quiere iniciar un proyecto.
Es posible que la ley haya mejorado algunos aspectos para poder emprender pero otros puntos importantes no se han mejorado con esta ley.
Además de todo esto y, como comentaba al principio del artículo, un gran porcentaje de los emprendedores lo hacen por necesidad y no por vocación.
Para concluir quería mostrar mi respeto y admiración a todos aquellos emprendedores que, a pesar de las dificultades que se pueden encontrar (búsqueda de financiación, apoyo de tu entorno «por qué no trabajas por cuenta ajena»….),con ilusión intentan superar las dificultades y luchan por hacerse un sitio en nuestra economía y crear empleo.
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